viernes, 31 de mayo de 2013

LOS MINA Y LAS PRUEBAS PARA DETERMINAR LA EDAD

MARTA CARRILLO VIDAL 2ºA2

Los menores inmigrantes no acompañados (MINA) son niños y adolescentes menores de 18 años que se encuentran fuera de su país de origen y que están separados de ambos padres o de quien, por ley o costumbre, los tenga habitualmente a su cargo. Se trata por lo tanto de menores extranjeros que no están acompañados por ninguna persona responsable de su guarda y custodia.

Los MINA tienen un doble obstáculo, ser extranjeros ilegales (indocumentados) y menores de edad, teniendo una clara  situación de vulnerabilidad social y desde el punto de vista jurídico confrontan la ley de extranjería y la de protección de la infancia.

La LO 2/2009 ha modificado todos los títulos de la Ley de Extranjería. Con relación a los menores extranjeros no acompañados, expone la integración de estos menores en la sociedad española que, eso sí, es subsidiaría, pues sólo tendría lugar cuando la repatriación a sus países de origen no fuese posible. La opción prioritaria, por lo tanto, es la repatriación del menor, la cual no va encaminada exclusivamente a la reagrupación familiar.
Pero también se tiene en cuenta la protección e integración de los MENA como objetivo prioritario de las Administraciones Públicas, junto al derecho de educación.

Como expresa la LO 2/2009, una de las causas que justifican la reforma de la LEX es la necesidad de adaptar la referida Ley Orgánica a la nueva realidad migratoria en España, es especial de los menores inmigrantes no acompañados. Esta reforma representa un avance y es positiva para la sociedad.

En lo que respecta a la localización de los MINA, en muchas ocasiones son ellos mismos los que acuden a los Servicios Sociales, a cualquier ONG´s o incluso a la misma policía.
Cuando la edad no pueda ser establecida con seguridad, se le acogerá mediante la legislación de protección jurídica del menor, y se dará un aviso al Ministerio Fiscal, y este les obligará a hacerse unas pruebas para determinar la edad exacta, ya que sin son menores, están en protección por la ley, pero si determinan que son mayores de edad, se les abandona a su suerte y podría ser objeto de expulsión en cualquier momento.
Se encarga de comprobar la edad de los MINA, el Grupo de Menores de los Cuerpos y Fuerzas de Seguridad del Estado, a través de pruebas oseométricas que se realizan en hospitales, siendo esta prueba una análisis radiológico de la muñeca y la mano izquierda y su comparación con unas tablas estadísticas.
El problema es que este tipo de técnica con el nombre de Greulich-Pile, con el que determinan la edad de los menores y su futuro, ha sido objeto de fuertes críticas ya que existe un margen de error de dos años, lo que implica que se este jugando con la vida de esas personas inmigrantes, y determinando lo que será su fututo, a expensas de una prueba que no es válida.


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